Éste es un término que se usa muy frecuentemente, pero que en particular vas a escuchar mucho cuando estés investigando sobre seguros. Es muy sencillo entenderlo: En los seguros, una/un beneficiari@ es la persona a la que tú designas para que reciba (valga la redundancia) un beneficio en caso de que algo suceda. Por ejemplo, en un seguro de vida sería la persona que recibe la suma asegurada (la lana, para ser exactos) si tú falleces.

¿Cómo elijo una/un beneficiari@?

Esto depende totalmente de ti, pero generalmente eliges como beneficiari@ a una persona a quien quieras proteger. Puedes dejar a tus hijos, a tus padres, hermanos, sobrinos y a quien tú quieras. Sin embargo, tanto en menores de edad como en personas con discapacidad, hay implicaciones que te explicaremos más adelante.

¿Puedo dejar como beneficiari@ a alguien que no es mi familiar?

Es indispensable que exista una relación genuina entre la persona que desea asegurarse y el beneficiari@. Esto lo encontrarás usualmente como "interés asegurable" y significa que tienes motivos reales para querer proteger a esa persona si algo te pasa. Con familiares es más sencillo comprobar ese vínculo, pero con personas que no son tus familiares o no tienen una relación tan evidente contigo, es posible que las aseguradoras te pidan más detalle e incluso podrían rechazarte el beneficiari@.

¿Una persona extranjera puede ser beneficiari@?

No debería haber ningún problema para que una persona extranjera fuera beneficiari@, pero siempre revisa los términos y condiciones o consulta a la aseguradora.

¿Puedo ser asegurad@ y beneficiari@ al mismo tiempo?

Tampoco hay en este caso ningún impedimento legal, pero dado que en la mayoría de los casos la razón alguien tiene que recibir un bien/monto si algo te pasa, no tendría sentido que fueras tú. Imagina si algo te llegara a pasar, se crearía un bucle legal donde nadie podría cobrar el beneficio. Así que si piensas fingir tu muerte, olvídalo.

¿Qué pasa si dejo como beneficiari@ a un menor de edad o a una persona con discapacidad?

Puedes hacerlo sin problema, pero debes estar al tanto de que en el caso de los menores de edad, quien recibiría el dinero es su tutor legal y nadie más. En cuanto a dejar una persona con discapacidad tampoco habría problema, pero si cuenta con un tutor legal también pasará lo mismo: sólo el tutor podrá recibir el beneficio. Esto es importante porque nada obliga al tutor a entregar el dinero a quien dejaste como beneficiari@.

¿Un animal puede ser mi beneficiari@?

Sabemos que quieres mucho a tu lomit@, pero lamentablemente no podrá ser beneficiari@ de ningún seguro porque no cuenta con personalidad jurídica (es decir, no está contemplad@ por la ley en la misma forma en que un humano, pero eso no quiere decir que no esté protegid@ legalmente). Sin embargo, actualmente hay muchos seguros para mascotas en el mercado que cubren sus necesidades específicas.

En un seguro de vida, ¿qué pasa si mi beneficiari@ fallece antes que yo?

Puedes cambiar a tu beneficiari@ si éste fallece. Pero si hubiera un caso en el que, por ejemplo, ambos murieran al mismo tiempo por un accidente u otra razón, entonces iniciaría un proceso legal en el que se buscaría designar como beneficiari@ a la persona a la que más le corresponda recibir tus bienes. ¿De qué depende qué persona vaya a ser elegida? Imagina que es algo como lo que sucede en la monarquía, donde hay reglas muy específicas de quiénes pueden suceder a un rey/reina y en qué orden. Algo parecido sucedería pero a nivel legal, por eso siempre se recomienda dejar a más de un/a beneficiari@ o dejar un testamento.

¿Puedo dejar como beneficiari@ a una asociación?

No hay ningún tema legal que te lo impida, por lo que si quieres ejercer tu altruismo y dejar como beneficiaria a una asociación, puedes hacerlo sin problema. Eso sí, en algunos casos la aseguradora podría preguntarte cuál es el motivo de esta decisión.

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